Un Parque Micológico, según Decreto 31/2017, de 5 de octubre por el que se regula el Recurso Micológico Silvestre en Castilla y León, deberá:
- tener al menos 10 000 hectáreas,
- serán aprobados mediante Orden de la Consejería,
- dispondrán de Plan de Aprovechamiento
- Deberán promover el uso recreativo, educativo-divulgativo, además del comercial.
- Única entidad gestora del aprovechamiento micológico
- Periodo de vigor >3 y <20 años
- Podrán ser sobre cualquier tipo de titularidad; pública o privada.
Este Parque Micológico se dividirá en cuatro zonas de recolección:
- El Rebollar
- Sierra de Francia
- Sierra de Quilamas
- Sierra de Béjar
Tendrá una extensión total de 57 804,97 ha repartidas entre Montes de Utilidad Pública, montes patrimoniales y montes privados; repartidos de la siguiente forma:
- Montes de Utilidad Pública: 94 montes con una superficie total real de 52 861,81 hectáreas.
- Montes privados: 3 montes con una superficie total real de 4 826,50 hectáreas.
- Montes patrimoniales: 2 montes con una superficie total real de 116,66 hectáreas
LOCALIZACIÓN DE LAS ZONAS DE RECOLECCIÓN:
El Rebollar
Sierra de Francia
Sierra de Quilamas
Ahora mismo se encuentra en periodo de información pública. Consulta aquí:
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